fbpx

Corredora Generación

Seguros de condominios

El seguro de condominio es una cobertura que ayuda a proteger contra pérdidas y costos de reparación de una unidad de condominio. El seguro de condominio a menudo brinda protección contra robo, vandalismo, daños por incendio, daños por agua y más.

El artículo 36 de la Ley sobre Copropiedad Inmobiliaria establece claramente “salvo que el reglamento de copropiedad establezca lo contrario, todas las unidades de un condominio deberán ser aseguradas contra riesgo de incendio, incluyéndose en el seguro los bienes de dominio común en la proporción que le corresponda a la respectiva unidad”.

Según esto, todos los inmuebles de un determinado condominio deberían estar amparados por una póliza de seguros contra incendios, la cual se extenderá hasta las áreas comunes del edificio.

En muchas ocasiones este seguro, además de conflagraciones cubre otros siniestros como inundaciones, explosiones, rotura de cañerías y hasta ataques terroristas. Las aseguradoras tienen productos a la medida de todas las necesidades. Lo ideal es contratar una póliza que abarque el mayor número de riesgos.

Asimismo, el monto cubierto por el seguro varía en función del valor del bien raíz, la antigüedad de la propiedad, el número de pisos y la ubicación geográfica.

Pero la responsabilidad de la valuación del inmueble descansa en el administrador. En consecuencia, este debería contratar un tasador experto que le ayude a determinar el valor real, para que, en el desafortunado evento de un siniestro, la comunidad reciba un importe que le permita reparar satisfactoriamente los daños materiales.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que luego de un accidente de incendio, la aseguradora realiza un análisis del monto real de los daños causados y solo pagará lo correspondiente a la reconstrucción de lo dañado. Si la propiedad estaba sobrevaluada no se obtendrá ningún beneficio adicional, aun cuando la póliza haya sido más costosa.

A la hora de tomar el seguro es importante revisar muy bien la cobertura. Según la Comisión Para el Mercado Financiero de la Superintendencia de Valores y servicios, el seguro de incendios tradicional no cubre:

  • Combustión espontánea.
  • Incendio a consecuencia de sismo, erupción volcánica, maremoto, huracán, etc.
  • Incendio a consecuencia de guerra, invasiones, rebelión, revolución, terrorismo, huelga, provocado por explosión nuclear, etc.
  • Incendio provocado intencionalmente por el asegurado o beneficiario del seguro.